
Este concepto, propuesto en un comienzo por Rodrigo Uprimny y María Paula Saffón, de DeJuSticia, y retomado en uno de los capítulos del libro Tareas pendientes: propuestas para la formulación de políticas públicas de reparación en Colombia, a cargo de Uprimny y Nelson Camilo Sánchez, trata de partir de la realidad del contexto colombiano, donde la mayoría de las víctimas no tienen resueltas muchas de sus necesidades básicas, para proponer al Estado políticas de reparación que integren la necesidad de justicia correctiva (que busca rectificar el daño infligido a las víctimas) con justicia distributiva (que busca alcanzar una distribución equitativa de los bienes y cargas en una sociedad).
Los autores parten de la idea de que en países de democracias imperfectas o “bien desorganizados”, como Colombia, la idea de restitución plena, consistente en devolver a la persona a la situación anterior a la violación, puede ser cruel cuando se trata de devolver víctimas a situaciones de precariedad material y discriminación pasadas, pero también injusta cuando se trata de víctimas de estratos altos, pues puede significar la “restitución de riquezas”.
Por esto, proponen un concepto que parta de la realidad de que las víctimas en su mayoría son vulnerables y que la reparación se debe realizar en contextos de pobreza y exclusión, para proponer un esfuerzo por también transformar las circunstancias de exclusión, que pudieron ser la causa del conflicto, como oportunidad para impulsar un mejor futuro.
“Se trata en esencia de mirar a las reparaciones no sólo como una forma de justicia correctiva, que busca enfrentar el sufrimiento ocasionado a las víctimas y a sus familiares por los hechos atroces, sino también como una oportunidad de impulsar una transformación democrática de las sociedades, a fin de superar situaciones de exclusión y desigualdad que, como en el caso colombiano, pudieron alimentar la crisis humanitaria y la victimización desproporcionada de los sectores más vulnerables, y que en todo caso resultan contrarias a principios básicos de justicia”, afirman los autores en el texto.
Los autores se cuidan de hacer la distinción entre medidas de reparación y de política social y aseguran que no se propone que se reemplacen programas de reparación por programas de desarrollo. Se entiende que la reparación busca resarcir los daños de las víctimas y corregir situaciones de violencia del pasado, pero también reconocer su sufrimiento y reintegrarlas a la comunidad política; mientras las medidas de política social y desarrollo lo que buscan es satisfacer situaciones del presente y obedecen a obligaciones del Estado en materia de lucha contra la pobreza. Por eso, si bien jamás una política de desarrollo puede ser entendida como reparación, desde la lógica de los autores en casos como el colombiano es necesario armonizar ambas medidas.
De esta manera, “la reparación no sólo tendría el potencial de evitar nuevas violaciones de derechos humanos, sino que contribuiría a corregir desigualdades sociales que son intolerables en cualquier sociedad democrática, y a transformar las relaciones de poder que en parte son las responsables de mantener bajo subordinación a amplios sectores de la población”.
La pregunta es ¿cómo traducir este concepto en políticas públicas?, ¿cómo acercar la definición teórica a la práctica? Esta es una de las tareas más difíciles a las que se enfrentan los hacedores de política pública, y es cómo traducir en medidas concretas el deber ser que plantean los académicos, y esto fue reto que decidieron asumir los autores en el libro publicado por el ICTJ. En este caso, aplicaron el concepto a la restitución de tierras en Colombia e hicieron recomendaciones puntuales de política pública.
Los autores proponen cuatro aspectos para ser tenidos en cuenta para la formulación de un programa: selección de beneficiarios, escogencia de beneficios, diseño de procedimientos, y articulación entre la reparación y la política social.
Para Uprimny, quien estuvo presente en el seminario convocado por el ICTJ denominado Propuestas para un programa administrativo de reparaciones en Colombia, es necesario tener cuidado en la selección de los beneficiarios con el fin de dar prioridad a las víctimas más vulnerables y no restituir fortunas. Se parte de la idea de escoger a los beneficiarios no sólo teniendo en cuenta la gravedad de los hechos sino también sus necesidades actuales.
Los autores también aseguran que los beneficios a ser entregados juegan un papel preponderante en la aplicación de un enfoque transformador. Por ejemplo, “deberían preferirse aquellos beneficios que empoderan a las personas en situaciones de vulnerabilidad o reducen la pobreza”. Para Uprimny, por ejemplo, no se debe sólo restituir títulos manteniendo desigualdad en la estructura agraria.
Así mismo, los autores proponen la creación de un sistema institucional basado en instituciones ya existentes pero con competencias nuevas, y de carácter mixto: “debe ser un mecanismo administrativo para que sea eficaz, pero con supervisión judicial”, asegura Uprimny. La supervisión judicial es importante para la resolución sobre disputas de predios por ser restituidos.
Por último, este organismo debe ser lo suficientemente descentralizado para permitir la participación de las víctimas pero con esfuerzos de supervisión nacional. Implementación nacional y regional. “La administración local tiene que ser controlada por una administración con una perspectiva más amplia para asegurar que no existan discriminaciones y que se alcancen las metas nacionales”, aseguran los autores en el texto.
Hay otras propuestas puntuales de implementación, lo que es claro es que el texto permite abordar el concepto teórico de reparaciones con sentido transformador para concretarlo en la estructuración de políticas públicas. La reparación transformadora permite abordar no sólo las causas de la violencia y reparar a las víctimas por los daños sufridos en el pasado, sino también por cambiar sus condiciones de pobreza.

El Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ por sus siglas en inglés) apoya a países que luchan contra la impunidad, en la búsqueda por enfrentar el legado de crímenes masivos y atribuir responsabilidades por violaciones de los derechos humanos ocurridos en el pasado. El Centro actúa en sociedades que emergen de gobiernos autoritarios o de conflictos armados, en el esfuerzo por consolidar la institucionalidad democrática.
Creado en mayo de 2005 por el gobierno de Canadá, el GPSF apoya procesos de paz, esfuerzos de mediación y el desarrollo de iniciativas de justicia transicional y reconciliación. Así mismo, contribuye a la construcción y al fortalecimiento de capacidades para la paz y a promover estrategias de protección de la población civil, y reducir el impacto de las minas antipersona, armas pequeñas y ligeras.
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