

Pérez asegura que un esquema de beneficios educativos para la población desplazada es esencial para superar la victimización, pero advierte que estas medidas no se pueden limitar sólo a garantizar que los niños desplazados vuelvan a la escuela. Propone, en cambio, que el Estado vaya más allá de sus obligaciones básicas y garantice la educación secundaria gratuita para los desplazados –incluidos matricula, uniformes, útiles escolares, transporte y alimentación–, otorgue becas de educación técnica y superior para jóvenes y adultos, y sus hijos, y cree programas de alfabetización que incluyan incentivos económicos para asegurar que la gente asista.
También sería fundamental favorecer el acceso de las escuelas con concentración de niños desplazados a desarrollos tecnológicos, incluir los derechos humanos y el derecho humanitario en las clases de estudios sociales y definir un día en el calendario escolar para reconocer a las víctimas de violaciones a los derechos humanos, entre otras medidas.
En educación, los referentes para la reparación de víctimas de violaciones a los derechos humanos son escasos. ¿De dónde partió para elaborar su propuesta?
Una de las dificultades de trabajar alrededor de los beneficios educativos como medida de reparación a víctimas de violaciones a los derechos humanos es que los estándares internacionales sobre reparación, si bien dicen en qué consiste la reparación, no precisan cómo reparar en derechos sociales ni establecen pautas o mecanismos para determinar beneficios. Todo queda a la imaginación del hacedor de políticas públicas y hay cierta libertad para determinar qué es reparador.
Los funcionarios públicos tienden a pensar –de buena fe– que cualquier beneficio que se le dé a una víctima, incluyendo otorgarle un cupo escolar, asignarle una maleta con útiles escolares o hacer una actividad de integración con los niños no desplazados, es reparación. Lo que cuestiono es si este tipo de cosas, importantes para el derecho a la educación y básicas en una política social, constituyen una reparación.
¿En qué radica que una medida en materia de educación pueda llevar el rótulo de ‘reparación’?
Hay un criterio básico para diferenciar una política social o de asistencia humanitaria de la reparación como tal y este criterio es la naturaleza de la obligación del Estado que se quiere cumplir. Si es un mandato básico o inmediato, que el Estado le tiene que dar a toda persona –como el cupo escolar–, eso no tiene una naturaleza de reparación. Pero si pretende darle a la víctima algo que el Estado está obligado a dar de manera progresiva –educación secundaria– o no tiene la obligación de dar –educación superior–, se entiende que tiene naturaleza de reparación.
Usted plantea dos fórmulas que podría aplicar el Estado colombiano para reparar a las víctimas desde la educación. ¿Cuáles son?
Menciono una fórmula de restitución y otra de compensación. La primera opción sería reconocer que si una persona estudiaba y estaba desplazada, cuando se devuelva a su lugar de origen lo primero es devolverle el cupo de la escuela, que en estricto sentido es una restitución, aunque se está cumpliendo con una obligación básica que debería cumplirse con todas las personas.
Con eso se le restituye el derecho a la educación pero eso no compensa los daños causados por el desplazamiento. Se requiere que reciba elementos adicionales, como educación secundaria y media gratuita. Esa sería la fórmula de compensación, que se daría cuando al individuo ya se le haya restituido el derecho a la educación. Nuestra recomendación es que la restitución sea algo obligado para hacer la compensación.
¿Su propuesta incluye sólo a las personas que estaban estudiando y tuvieron que salirse del sistema escolar o aplica también como beneficio adicional para la gente que no tenía acceso a la educación?
La fórmula de la restitución estaría pensada para personas que antes disfrutaban el derecho a la educación y hay que restituírselo. Pero no importa que la persona no estuviera estudiando, porque si vivía en una situación de injusticia tal que no podía acceder a la escuela, al incluirla en un programa de reparación no se puede negar el derecho a la educación. Lo mínimo a lo que está obligado el Estado con estas personas es garantizar por primera vez el derecho.
En cualquier caso, el beneficio educativo debe ser complementario a otras medidas de compensación. No planteamos que una víctima de desplazamiento simplemente pueda ser compensada con un beneficio educativo y nada más. Hay que pensar en un ejercicio similar en salud, por ejemplo.
¿Y el sistema educativo colombiano sí está preparado para asumir este desafío?
Está claro que la idea es hacer un ejercicio de reparación en una sociedad que no está bien ordenada. Nuestro sistema educativo para la población en general tiene importantes progresos: durante el último Gobierno ha habido avances educativos en materia de cobertura, eficiencia y calidad, pero persisten deficiencias frente al derecho a la educación: el analfabetismo, la cantidad de cupos, la permanencia de los estudiantes en el sistema y la falta de una política de mejoramiento de calidad que tenga en cuenta el tema de derechos humanos.
Esta es una oportunidad para que se arreglen las políticas en general, es decir, empezar a garantizar incluso cosas básicas en función de una población víctima. El reto es reordenar la educación por las víctimas, y empezar a generar pedagogía para que la gente del común no diga que la población desplazada es privilegiada sino que la reparación forma parte de un compromiso del Estado para generar igualdad.

El Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ por sus siglas en inglés) apoya a países que luchan contra la impunidad, en la búsqueda por enfrentar el legado de crímenes masivos y atribuir responsabilidades por violaciones de los derechos humanos ocurridos en el pasado. El Centro actúa en sociedades que emergen de gobiernos autoritarios o de conflictos armados, en el esfuerzo por consolidar la institucionalidad democrática.
Creado en mayo de 2005 por el gobierno de Canadá, el GPSF apoya procesos de paz, esfuerzos de mediación y el desarrollo de iniciativas de justicia transicional y reconciliación. Así mismo, contribuye a la construcción y al fortalecimiento de capacidades para la paz y a promover estrategias de protección de la población civil, y reducir el impacto de las minas antipersona, armas pequeñas y ligeras.
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