El 5 de julio, las primeras 300 víctimas recibieron en Popayán las indemnizaciones del programa de reparaciones administrativas. Se espera que, a finales de 2009, 12 mil personas hayan sido reparadas por esta vía.
Foto: Felipe Ariza, cortesía de la Presidencia de la República

REPARACIONES

Las lecciones que dejan las primeras reparaciones administrativas

A partir de julio, más de 4.400 personas de las 245.000 registradas han recibido pagos por vía administrativa. Aunque el proceso representa un avance en la respuesta a las víctimas, los actos públicos en que han sido entregadas las compensaciones han enviado mensajes contradictorios.

¿Por qué y para qué entregar reparaciones a las víctimas de la violencia en Colombia? La pregunta volvió a rondar el 5 de julio pasado, cuando, en el primer acto de entrega de sumas de dinero como indemnización por los daños del conflicto armado, el presidente Álvaro Uribe expresó que las reparaciones son “un apoyo solidario con las víctimas” y no un reconocimiento de responsabilidad del Estado.

Un pedido de perdón del Presidente “a todos los colombianos” y no a las víctimas en particular, aunado a la promesa de no ahorrar “esfuerzos para rescatar la paz a través de la seguridad con valores democráticos”, completaron los mensajes institucionales de la entrega de reparaciones llevada a cabo en Popayán ante unas 300 víctimas. El discurso llegó también, días después, a Montería y Medellín, adonde acudieron desde varias regiones otras personas afectadas por el conflicto. En esta última ciudad, por ejemplo, el Presidente dijo que, “más que una reparación, este es un gesto de afecto”.

Estos mensajes y el pedido de perdón de Uribe, sin embargo, han sido contradictorios para las víctimas, en la medida en que han desconocido un elemento básico: un programa de reparaciones administrativas se implementa como compensación del Estado a las víctimas de violaciones a los derechos humanos y, por lo tanto, el Estado asume la responsabilidad que le cabe por no haber impedido esos crímenes. Como lo muestra la experiencia internacional, sin este reconocimiento la reparación pierde su legitimidad frente a las víctimas.

A quién incluye

El programa de reparaciones individuales por vía administrativa fue creado por el Decreto 1290 del 22 de abril de 2008 para reparar los daños sufridos en el conflicto armado por las víctimas de los grupos al margen de la ley. De entrada, el programa excluye a las víctimas de agentes del Estado, tal como lo estableció la Ley 975 de 2005 (de Justicia y Paz), al definir como víctima a quien haya sufrido daños como “consecuencia de acciones que hayan transgredido la legislación penal, realizadas por grupos armados organizados al margen de la ley”.

También según la ley, las víctimas incluidas en el programa de reparación son aquellas que hayan sufrido lesiones, transitorias o permanentes, sufrimiento emocional, pérdidas económicas o menoscabo de los derechos fundamentales. En el caso de las personas asesinadas o desaparecidas, la víctima es el cónyuge o compañero permanente y sus familiares en primer grado de consanguinidad (hijos y padres) y primer grado civil (hijos o padres adoptivos).

El programa no debería excluir a las víctimas que hayan recibido atención humanitaria o cualquier otra ayuda o subsidio del Estado ni a las que hayan recibido reparación por vía judicial. A su vez, recibir reparación administrativa no implica que la víctima no pueda acudir luego a la vía judicial.

Hasta ahora, 4.407 personas han recibido reparación administrativa del Estado, incluidas las que asistieron a actos públicos: 300 en Popayán el 5 de julio, 279 en Montería el 10 de julio y 591 en Medellín el 26 de julio. Se espera que, antes de terminar el año, 12.000 víctimas hayan recibido la indemnización. En cuanto a las solicitudes, a 31 de julio la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR) contabilizaba 245.702.

El Comité de Reparaciones Administrativas –compuesto por el Ministerio del Interior y de Justicia, la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR) y Acción Social– priorizó las reclamaciones de víctimas de minas antipersona, violencia sexual y reclutamiento forzado, “en razón de su vulnerabilidad y (de la) gravedad de los hechos”. En ese sentido, las primeras indemnizaciones entregadas han correspondido a estos casos priorizados y a los casos resueltos por orden cronológico.

Después de entregadas las ayudas a las víctimas priorizadas, el Gobierno procederá a entregar las demás: la meta es que, antes de terminar 2009, se desembolsen 200 mil millones de pesos a unas 12 mil personas y, en la próxima década, 7 billones de pesos a un número indeterminado de víctimas.

Ayuda humanitaria versus reparación

Hasta el momento, desde el Gobierno la atención a las víctimas en general y las medidas de reparación en particular se han vinculado a la agenda de seguridad, en aspectos como la definición jurídica (reparación por solidaridad a víctimas de ilegales), la comprensión de la reparación como parte de la política de defensa, y la entrega de indemnización por parte del representante de las Fuerzas Militares con jurisdicción en Popayán, simultánea al desconocimiento de víctimas de agentes del Estado, públicamente defendido en el evento.

Además, el Gobierno cuenta como reparación administrativa la ayuda humanitaria por muerte, regulada por la Ley 418 de 1997 y el Acuerdo 005 de 2004 de Acción Social, asignada a 39 mil personas desde el 2003. De hecho, durante los actos públicos se anunció que este año están apropiados recursos para asignar ayudas humanitarias a 100 mil familias más.

“Es esencial que el Gobierno se abstenga de presentar esos desembolsos como medidas de reparación, pues si bien la operación de ambos programas es muy similar, tienen fuentes jurídicas muy diferentes. Mezclarlos significa cambiar las reglas sobre la marcha y envía a las víctimas mensajes contradictorios que no aportan al reconocimiento de su condición”, aseguró Catalina Díaz, coordinadora del área de reparaciones del ICTJ Colombia.

También llama la atención, en los mensajes enviados en los actos públicos, la afirmación de que en Colombia han recibido reparación muchas más víctimas que en otros lugares, como los países del Cono Sur.

Sin embargo, es necesario detenerse en las cifras de beneficiarios y el presupuesto del programa de reparaciones de un país como Chile, que no solo incluye sumas únicas de dinero. Allí, a 2003, se habían otorgado 5.099 pensiones a familiares de víctimas de violaciones a los derechos humanos, acompañadas de un número indeterminado de ayudas escolares, y 86.208 personas recibían pensiones por exoneración (otorgadas a quienes perdieron sus empleos por razones políticas). Estas cifras han aumentado con los años, pero no hay un cálculo reciente.

Además, el programa para retornantes del exilio acogió a unas 53.000 personas y, a 2008, más de 200 mil personas recibían atención médica gratuita mediante el Programa de Reparación y Ayuda Integral en Salud y Derechos Humanos.

Según un informe oficial, entre 1996 y 2008 el Estado chileno invirtió unos 1.600 millones de dólares (cerca de 3,1 billones de pesos) en reparaciones.

Sacar provecho de la experiencia

Por ahora, la implementación del programa de reparaciones en Colombia muestra algo de eficiencia administrativa, pues las indemnizaciones están siendo asignadas con significativa celeridad: mientras entre 2002 y 2008 Acción Social hizo 35.143 pagos de ayuda humanitaria por muerte –unos 5.857 al año–, a julio de 2009 iban 4.407 reparaciones entregadas. Esta situación parece atribuible a que el Estado ha aprovechado la infraestructura que ya existía en Acción Social para la distribución de ayuda humanitaria.

Y más allá de los defectos de diseño que pueda tener el programa, Acción Social debería aprovechar esta experiencia institucional acumulada de más de 15 años para entregar las indemnizaciones del Decreto 1290. En particular, es aconsejable evitar acciones de diferenciación injustificadas, abstenerse de valorar aspectos improcedentes a la hora de resolver las solicitudes y mantener la simplicidad del trámite al tiempo con la objetividad en los criterios de asignación.

Pero, sobre todo, para que las reparaciones administrativas no pierdan legitimidad, el esfuerzo presupuestal no se desaproveche y las víctimas puedan recuperar la confianza en el Estado, los mensajes enviados desde las instituciones deben tener en cuenta para qué nació el programa y qué lo hace diferente de las ayudas que se brindan, por ejemplo, ante un desastre natural: el hecho de que la reparación –junto con otros mecanismos esenciales como el esclarecimiento histórico y los procesos judiciales– busca restituir la dignidad de quienes la reciben ante violaciones a los derechos humanos que el Estado no fue capaz de impedir. El discurso no puede quedar a medias.


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¿En qué consiste la reparación a las víctimas?

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