
Las medidas de reparación implementadas en Chile, que benefician aún hoy a las víctimas de la dictadura militar que tuvo lugar entre 1973 y 1990, han sido exitosas a la luz de la experiencia internacional, y a pesar de algunas inconsistencias en la implementación, porque en vez de incluir sólo el pago de sumas económicas únicas, han buscado entregar beneficios sociales a las víctimas, medidas que han permitido el reconocimiento de sus derechos como individuos y ciudadanos.
Se trata de un proceso comprehensivo y amplio que incluyó el pago de pensiones y, en algunos casos, la asignación adicional de sumas de dinero, cobertura gratuita en salud y becas de estudio para los hijos de las víctimas, y que está acompañado de pedidos de perdón, esclarecimiento de la verdad (gracias a dos comisiones de la verdad en 1990 y 2003), aceptación de responsabilidad por parte del estado, el desarrollo de una política de memoria y la condena de algunos de los victimarios.
No obstante, algunos de los programas no se implementan con una clara priorización de las víctimas más afectadas, sino, en ocasiones, obedeciendo a presiones políticas e influencias de aquellas organizaciones de víctimas con mayor poder político.
Es así como el proceso más masivo y costoso ha sido la entrega de pensiones y otros beneficios previsionales, además de cobertura gratuita de salud, a quienes fueron retirados por razones políticas de la administración del Estado o de empresas públicas. Si bien esto genera una gran distorsión, el resto de la política de reparación es más coherente y comprehensiva.
Las medidas otorgadas a los familiares de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos (3.195 víctimas fueron identificadas por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación de 1990 [conocida como Comisión Rettig] y su sucesora, la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación) responden a sus demandas y necesidades más inmediatas, lo que ha contribuido a restituir la dignidad de las víctimas.
Las pensiones permiten garantizar un nivel de vida de subsistencia, teniendo en cuenta que la pensión referencial equivale a 550.000 pesos chilenos, que son cerca de 977 dólares, y el ingreso familiar medio a 720.000 pesos chilenos (1.279 dólares); las becas de estudio a hijos favorecen el ingreso a la universidad a muchos de ellos, y la atención de salud gratuita también constituye un beneficio importante, especialmente al aumentar la edad de los beneficiarios. De esta forma, las medidas no son meramente simbólicas, sino que tienen un impacto en la situación socioeconómica de los familiares directos de las víctimas.
El Programa de Reparación y Atención Integral de Salud (PRAIS) tiene cobertura nacional e incluye beneficios a familiares y víctimas directas de expulsión laboral por razones políticas, desaparición forzada, exilio o tortura. Sin embargo, tiene problemas para priorizar la distribución de servicios especializados en salud mental y apoyo psicosocial, especialmente por el gran número de beneficiarios inscritos, que pertenecen a diferentes categorías de víctimas con distintas necesidades y secuelas.
Las víctimas de prisión política y tortura fueron reconocidas apenas 13 años después de la instauración de la democracia, gracias a la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el presidente Ricardo Lagos en 2003. Este proceso se hizo a través del reconocimiento de la verdad de lo sucedido y no sólo del registro individual de las víctimas a través de una gestión meramente administrativa, como en el caso del reconocimiento a los exonerados políticos.
La publicación del informe final de esta Comisión constituyó un avance en materia del reconocimiento de la verdad sobre estos crímenes, de las responsabilidades institucionales y de la dignidad de las víctimas. Sin embargo, las medidas masivas de reparación a las 28.459 víctimas reconocidas por la Comisión fueron más limitadas de lo que las recomendaciones sugirieron. Las pensiones incluyeron sólo a las víctimas directas, y no a sus viudas, y el monto se limitó a un equivalente al salario mínimo (entre. Ch$ 145.000 (250 dólares) y 127.000 (226 dólares), que constituye entre el 20% y el 18% del ingreso medio nacional, que es poco más de la mitad del monto de pensión que recibe la viuda de un detenido desaparecido o de un ejecutado político – 40% de la pensión referencial), y las becas a la enseñanza universitaria sólo benefician a las víctimas directas, muchas de ellas con limitadas posibilidades de utilizarlas por su edad o su escasa educación.
En conclusión, las políticas de reparación en Chile se destacan por el uso de servicios sociales que responden a diferentes necesidades de las víctimas y el pago de pensiones, en lugar de sumas únicas. Las relativas a familiares de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos tienen un impacto socioeconómico mayor que las relativas a sobrevivientes de tortura, lo que afecta su nivel de éxito en cuanto el efecto de reconocimiento de dignidad. Así mismo, estas medidas de reparación obedecieron y fueron antecedidas por medidas de esclarecimiento histórico materializadas en las comisiones de la verdad que lograron identificar individualmente a las víctimas. Sin embargo, ellas no constituyeron un programa de reparaciones diseñado como tal, sino politicas separadas relativas a diferentes categorías de víctimas, que han respondido a sucesivas y progresivas olas de reconocimiento de crímenes y de la responsabilidad del Estado.
La preferencia por servicios de salud y educación, así como pensiones, logra dar un apoyo social permanente a las víctimas, si bien modesto. Además, con el paso del tiempo, los montos y servicios recibidos por las víctimas no difieren significativamente de las sumas totales percibidas por aquellas pocas víctimas que han logrado un pronunciamiento positivo a sus demandas civiles en contra del Estado.
Otro factor que no puede descuidarse en la evaluación de las reparaciones en Chile es la existencia de una política de la memoria, el reconocimiento de la responsabilidad del Estado a través de diferentes tipos de pronunciamientos oficiales y gestos, y el establecimiento de la responsabilidad penal de un número significativo de perpetradores1, aún a pesar de imponérseles, regularmente, sentencias bajas. Todo ello contribuye a otorgar sentido a las medidas materiales otorgadas, a fin de que éstas sean sentidas como reparadoras, así como sus ocasionales falencias implican retrocesos en el reconocimiento que las víctimas demandan y esperan de la sociedad y el Estado.

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